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Según los investigadores, se estima que el Tribunal de la Aguas tuvo su origen hacia el año 960, bajo el reinado del Califa de Córdoba Abderramán III el Grande. El Rey don Jaime I, por el Fuero confirma los usos y costumbres que en el riego tenían los sarracenos.

Los Reyes Pedro III, Jaime II, Pedro IV, Fernando el Católico, el Emperador Carlos V, el gran rey Felipe II, y asimismo los monarcas de la Casa de Borbón, fueron otorgando privilegios a las acequias y sus comunidades y confirmando su régimen administrativo de las aguas, que así ha llegado intacto hasta los días presentes.

El Rey Alfonso XII en 1879 promulgó la ley de Aguas, redactada por el Catedrático Rodríguez de Cepeda, la cual confirma la existencia y privilegios de este Tribunal. Recoge su organización para implantarla como modelo en los Jurados de Riegos de las comunidades de regantes de España y más tarde a las naciones hispano-americanas, salvo Chile, todas copiaron la Ley de Aguas de España (la de 1866 o la de 1879), aceptaron este modelo de Jurado de Riegos, tan eminentemente popular.

Desde hace más de 1000 años, los labradores que tomaban agua de las distintas acequias del río Turia, han resuelto sus disputas pos su derecho a usar este tesoro natural en un tribunal constituido por ellos mismos. El Tribunal de la Aguas reúne cada jueves en la Puerta de los Apóstoles de la Catedral de Valencia a los regantes de las acequias de Quart, Benager, Faitanar, Mislata, Favara, Rovella, Tormos, Mestalla y Rascanya, tal y como se viene haciendo desde el siglo X, deciden quienes, cuando y como pueden utilizar el agua de riego.

Es el tribunal más antiguo que se conoce. Van ataviados con sus blusones negros y celebran sus sesiones en lengua vernácula. Los ocho labradores que representan el tribunal, se eligen democráticamente cada dos años por el restante de regantes. Esos ocho hombres así congregados ostentan la autoridad suprema del regadío en la Huerta de Valencia, sentados en sendos sillones de madera y cuero del siglo XVII, se les ve investidos de una serie de autoridad. Si tienes curiosidad por conocer esta tradición histórica de nuestra ciudad, acude cualquier jueves (excepto festivos) a la Plaza de la virgen a partir de las 12h. del mediodía.

Son los Síndicos de las siete Acequias (la de Quart se divide en dos trazos, la propia de Quart y la De Benacher-Faitanar), que reunidos constituyen el famoso Tribunal de las Aguas de la Vega de Valencia.

 

Toda la Huerta está fertilizada por el riego de siete grandes acequias que cruzan para ir dejando sus aguas extraídas del río Turia. Construidas por los romanos hace unos 2100 años y son: Quart, Mislata, Favara y Rovella las situadas a la derecha del río, Tormos, Mestalla y Rascanya, a la izquierda del mismo. Los propietarios de los campos que se riegan con las aguas que circulan por una acequia principal y acequias secundarias, están agrupados en una Comunidad de Regantes que toma el mismo nombre de la Acequia y se les conoce como “comuneros” porque tienen una propiedad en común, el agua, que es de todos y de cada uno, no individualmente sino colectivamente y pueden usarla para el riego, en la parte proporcional que corresponde a la extensión superficial de sus huertas. De esta manera si hay abundancia de agua todos tienen derecho a riego abundante en la totalidad de su propiedad; pero si el agua merma o escasea, todos se distribuyen proporcionalmente el caudal a la superficie de sus campos, para que según el común derecho que todos tienen sea respetado. Cada Comunidad se gobierna por unas Ordenanzas propias, las cuales tienen siete siglos de antigüedad; cuando un labrador infringe una de las Ordenanzas de su acequia, debe ser juzgado, y de ello se encarga el Tribunal de las Aguas. El guarda de la acequia cita al infractor para que comparezca el jueves inmediato ante el Tribunal. El propio guarda es quien denuncia y actúa como fiscal o acusador de la Comunidad. Se examina el caso y se decide si debe ser sancionado. El juicio es todo verbal, nada es escrito, ni denuncia, ni exculpación, ni prueba, incluso la sentencia es dictada  por el presidente en el mismo momento en que el juicio ha terminado y luego de consultar con los demás síndicos. Las resoluciones llevadas por el Tribunal son inapelables. Es curioso que los juicios de los regantes de las acequias de la izquierda son dirigidos por el presidente, quien pertenece a una acequia de la derecha y a la inversa, todo ello para  alejar cualquier sospecha de parcialidad. Todos los representantes, como labradores que son, incluidos los síndicos y el presidente pueden ser denunciados y juzgados por otro regante. Se habla todo en valenciano y las condenas pecuarias se imponen en “lliures valencianes”, moneda medieval del Reino de Valencia. Celebrado al aire libre para administrar a la vista de todos la transparente justicia que aquí se imparte.

Así es como se ha llevado a cabo a través de los siglos, a pesar que en épocas de sequía  del río Turia, se sufría de tan escasos caudales cuando aún no estaba construido el Embalse del Generalísimo o Pantano de Benageber, que es  el que ahora resuelve el problema perpetuo de la época estival.

 
                                

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